SENTENCIA TRIBUNAL JUSTICIA UNIÓN EUROPEA 21 DICIEMBRE 2016

SENTENCIA TRIBUNAL JUSTICIA UNIÓN EUROPEA 21 DICIEMBRE DE 2016

Las entidades financieras españolas deberán devolver íntegramente el dinero cobrado por la aplicación de las cláusulas suelo abusivas en las hipotecas, que impiden que los clientes se beneficien de las rebajas de los tipos de interés.

El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado el pasado 21 de diciembre de 2.016 a favor de establecer una retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo que se aplicaron sin transparencia.

La factura para el sector financiero puede ser tremenda, entre 3.000 y 5.000 millones de euros adicionales, y ha provocado caídas en Bolsa de los bancos más afectados. Apenas minutos después de la sentencia, las entidades sufrían ya fuertes caídas, de más del 6% en el caso del Banco Popular y el Sabadell. En concreto, el Banco de España estima el sobrecoste en 4.200 millones.

El 9 de mayo de 2013, el Tribunal Supremo declaró nulas las cláusulas abusivas por “falta de transparencia”, aunque limitó las devoluciones hasta esa fecha para evitar una sacudida en el sector apenas unos meses después del multimillonario rescate de la UE.

El abogado general de la UE se pronunció en julio a favor de los bancos: apuntó que las devoluciones podían tener límites temporales por las “repercusiones macroeconómicas asociadas”; por “circunstancias excepcionales”, ante la posibilidad de alterar una vez más la estabilidad del sector financiero.

La Corte de Luxemburgo echa por tierra esa argumentación. Y deja hoy claro que la banca debe devolver íntegramente el dinero, en lo que supone un revés formidable para el sector financiero. Dice el fallo:

La declaración del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber   existido dicha cláusula“.

Hasta ahora esa devolución se limitaba a mayo de 2013.

De tal limitación de tiempo resulta una protección de            los consumidores incompleta e insuficiente que no constituye un medio     adecuado y eficaz para que cese el uso de las     cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva“.

En apenas 21 páginas, la sentencia confirma las malas vibraciones, los nervios que venía mostrando la banca española en los últimos meses. La factura de las cláusulas suelo puede alimentar esas dudas: será especialmente dolorosa para Banco Popular, BBVA y La Caixa.

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