NUEVA SENTENCIA GASTOS HIPOTECARIOS AUDIENCIA PROVINCIAL RIOJA

 

NUEVA SENTENCIA SOBRE GASTOS HIPOTECARIOS

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

 

La Audiencia Provincial de la Rioja confirma la nulidad de la cláusula que contiene el 100% de las escrituras de  hipoteca relativa a la repercusión de todos los gastos de constitución del préstamo hipotecario al cliente prestatario.

La Sentencia es del 31 de octubre de 2.017 tratándose de una escritura de hipoteca con la Entidad Caja Madrid (Bankia).

La Audiencia Provincial entiende que esta cláusula de gastos es abusiva y por ello nula, en la medida en que subyace en ella una evidente intención de imputar al deudor cualquier gasto o tributo que pueda tener relación con el contrato de hipoteca de una forma genérica y arbitraria, permitiendo al Banco cargar dichos gastos en la cuenta del cliente.

Eso sí, en cuanto a  los efectos de la nulidad, limita los mismos a los gastos de Notaría y de Registro de la Propiedad, considerando que la mitad de los gastos del Notario deben ser devueltos al cliente, es decir, han de pagarse a medias entre Banco y prestatario y los del Registro de la Propiedad serán sufragados íntegramente por el Banco, puesto que es él el principal interesado de que el préstamo hipotecario conste inscrito en el Registro de la Propiedad para una posible ejecución hipotecaria.

La Resolución también se pronuncia sobre otras cláusulas que considera abusivas como son las de las comisiones por incumplimientos de cuotas, imposición de comisiones por subrogación y modificación de las condiciones del préstamo así como las cláusulas relativas a los intereses de demora y a la imputación de pagos.

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