Recupera tus gastos de constitución de hipoteca

Una buena noticia trae consigo el 2017. Ahora puedes recuperar todos los gastos que conllevó la contratación de tu hipoteca: gastos notariales, impuestos, gastos del Registro de la Propiedad, gastos de Gestoría, y gastos de la tasación del inmueble. La media de la cantidad a recuperar oscila entre los 3.000 a 6.000€ dependiendo de la cuantía del préstamo.

El Tribunal Supremo, en su Sentencia de 23 de diciembre de 2.015, ha reconocido la nulidad de la cláusula que repercute todos los gastos al cliente-prestatario. Y esa cláusula la tienen todas las escrituras de hipotecas. El Alto Tribunal considera que el principal interesado en que los préstamos se formalicen en escritura pública para su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad es el Banco, que tiene así una garantía sobre el inmueble que ejecutará en caso de impago, es decir, ostenta así un título ejecutivo (artículo 517 LEC). Obtiene así la garantía real (arts. 1875 del Código Civil y 2.2 de la Ley Hipotecaria) y obtiene así la posibilidad de ejecución especial.

Otra vez más, se incumple el Texto Refundido de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, artículo 89.2, pues esta estipulación conlleva al cliente-consumidor un desequilibrio relevante que no hubiera aceptado razonablemente en el marco de una negociación individualizada.

En definitiva lo que se obtiene es la nulidad de dicha cláusula por abusiva y la devolución de estos gastos. La documentación necesaria para estas reclamaciones sería la/as escritura/as de hipoteca, facturas de notaría, registro,Gestoría,tasadora del inmueble, carta de pago del impuesto.

Ya empiezan a haber Sentencias en toda España en este sentido.  Incluso hay Bancos que ya han empezado a eliminar/modificar este tipo de cláusulas de sus escrituras de hipoteca.

En Crespo&Prada Abogados te ofrecemos una consulta gratuita y sin compromiso para explicarte todas tus dudas.

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